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Posicionamiento sobre la definición de azúcares añadidos y su declaración en el etiquetado de los productos alimenticios en España

Articles   |   2 June 2021 Date   |  

Resumen

Introducción: actualmente existe una gran preocupación relacionada con el contenido de azúcares de los alimentos y bebidas ya que un consumo excesivo se asocia con una mayor prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles. Además, hay una gran confusión tanto en los datos científicos publicados como en las informaciones que aparecen en los medios de comunicación sobre diversos conceptos tales como azúcares libres, azúcares intrínsecos o endógenos y azúcares añadidos a los alimentos, así como sobre el tipo de monosacáridos y disacáridos que forman parte de ellos. El término azúcares libres se refiere a aspectos de salud pública mientras que el de azúcares añadidos se relaciona con la información nutricional incluida en el etiquetado regulado en el Reglamento 1169/2011, aplicable a la información alimentaria facilitada al consumidor. Material y métodos: análisis de la legislación vigente en la Unión Europea y en España, así como en Estados Unidos y México, junto con los posicionamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la European Food Safety Authority (EFSA) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), así como de sus comités científicos sobre la definición y declaración de azúcares totales, azúcares libres y azúcares añadidos. Resultados: los azúcares añadidos se declaran en el etiquetado en países como en Estados Unidos y México. En el caso de Estados Unidos hay una propuesta de modificación del porcentaje que deben contribuir a la dieta, pasando del 10 % al 6 %. En el caso de la Unión Europea solo está establecida la ingesta de referencia para los hidratos de carbono: 45-65 %, al igual que ya lo ha hecho el Comité Científico de la AESAN. Solo en el caso del estudio ANIBES hay un dato aproximado del consumo de azúcares añadidos para la población española: un 7,3 %. Conclusiones: se deben establecer ingestas de referencia para los azúcares añadidos y hacer que se declaren en la información del etiquetado de los productos alimenticios, para poder trabajar con datos fidedignos en las tablas de composición de alimentos y poder conocer la ingesta real por parte de la población española, y así implementar medidas de salud pública que permitan reducir la ingesta de los mismos en todos los productos alimenticios que los contengan.

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